Durante la época colonial, los asuntos relacionados con el aspecto económico se encontraban en manos de la Real Hacienda, la cual era controlada por el virrey que tenía su residencia en la ciudad de los Reyes (Lima). La supervisión de los gastos del erario real se encontraba en manos del Tribunal Mayor de Cuentas, este ente fue creado en 1605 durante el gobierno del rey Felipe III (en Perú se encontraba el virrey Gaspar de Zuñiga y Acevedo).
La acuñación de monedas se realizaba en la Real Casa de la Moneda que originalmente estuvo en Lima (gobierno de Lope García de Castro), el virrey Francisco de Toledo la transfirió a la villa imperial de Potosí, finalmente la Casa de la Moneda volvió a Lima con el Duque de la Palata (siglo XVII). La moneda de uso común en el virreinato peruano fue el peso de plata (de ocho reales).
Los principales impuestos coloniales fueron los siguientes:
ALCABALA: gravaba todas las transacciones de bienes (sin perjuicio del almojarifazgo), es comparado con el impuesto general a las ventas. El vendedor estaba obligado a pagarlo, se exceptuaban instrumentos de culto, medicinas, el pan, etc.
ALMOJARIFAZGO: fue impuesto por el gobernador Lope García de Castro, era un derecho de aduana, se aplicó a las exportaciones e importaciones de bienes.
ANNATA: impuesto aplicado a las rentas generadas por ocupar cargos de diversa índole, se calculaba en función de las ganancias obtenidas en un año.
AVERIA: se cobraba a los comerciantes en la ruta Callao-Panamá, era para organizar la Armada del Mar del Sur que brindaba protección a los barcos mercantes.
BULA DE LA SANTA CRUZADA: fue impuesta en América por pedido de Gregorio VIII, era pagado por las principales ciudades del virreinato.
CABEZON: contribución cobrada en razón de las tierras agrícolas no trabajadas (afectaba a los hacendados).
COBOS: impuesto que se cobraba de todas las barras fundidas en la casa de quintos (para hacer monedas), osciló entre el 1 y 1.5%.
DERRAMA: contribuciones que daban a la corona los súbditos cuando aquella se encontraba en guerra.
DIEZMO: fue instalado por los Reyes Católicos, consistía en que el 10% de la producción de la tierra o beneficio se dedique a la Iglesia Católica, la cobranza de los diezmos se arrendaban al mejor postor.
GABELLA: impuesto aplicado a la venta de sal.
MOJONAZGO: impuesto que afectaba a la venta de vino.
QUINTO REAL: el 20% de la producción minera le pertenecía al rey, durante el siglo XVIII el quinto se rebajo al 10% para fomentar la legalización de la producción de plata.
SINODO: porcentaje del tributo que se orientaba a sostener al cura doctrinero.
TRIBUTO: pagado por los indios de manera comunal, los nativos tenían esa obligación en su condición de vasallos del rey. El virrey Francisco de Toledo fue quien regularizó el cobro de tributo en la segunda mitad del siglo XVI.
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4 comentarios:
xeere kauzzzitaaa
Muy buena explicación, pero por favor si tienes algunas bibliografías para investigar más me podrías enviar. Desde ya gracias (correo: giulianavassalloa@gmail.com)
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2018 jjajja :v el futuro es hoy, oíste viejo?.jpg xd
gracias por la explicación
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